http://www.mintra.gob.pe/archivos/file/guias/MODELO_DE_CONTRATO_DE_TRABAJO_SUJETO_A_MODALIDAD_.pdf
miércoles, 13 de abril de 2016
¿Cómo se formaliza el contrato de trabajo?
Este se puede legalizar de dos formas: por escrito o por palabra. Aunque mayormente estos se dan en forma escrita, además que es obligatorio por disposición legal que se de esta forma y está presente en los siguientes tipos de contratos:
-Contrato en Prácticas
-Contratos a Tiempo Parcial
-Contratos de Relevo.
-Contratos para la realización de Obra o Servicio determinado
-Contratos por Tiempo Determinado (no indefinido) cuya duración sea superior a 4 semanas
De no formalizarse el contrato, este se presumirá celebrado a jornada completa y por tiempo indefinido, salvo pruebas que afirmen que el mismo es temporal o de carácter parcial.
-Contrato en Prácticas
-Contratos a Tiempo Parcial
-Contratos de Relevo.
-Contratos para la realización de Obra o Servicio determinado
-Contratos por Tiempo Determinado (no indefinido) cuya duración sea superior a 4 semanas
De no formalizarse el contrato, este se presumirá celebrado a jornada completa y por tiempo indefinido, salvo pruebas que afirmen que el mismo es temporal o de carácter parcial.
Tipos de contrato
Dentro de lo que son los contratos, existen múltiples variaciones de este. Cada uno de estos, se enfoca a ciertas características peculiares. Entre ellos tenemos:
- Contrato de trabajo para la formación: es aquel que tiene por objeto que el trabajador adquiera la formación teórica y práctica necesaria para el desempeño adecuado de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación.
- Contrato de trabajo indefinido bonificado: es aquel que tiene por objeto facilitar la colocación estable de trabajadores desempleados y de aquellos que prestan sus servicios con contratos temporales. Actualmente la Administración está premiando a aquellas empresas que fomentan el empleo indefinido de los trabajadores con una serie de bonificaciones.
- Contrato de trabajo para personas con discapacidad: este acuerdo tiene el propósito de facilitar la integración laboral de aquellas personas con discapacidad.
- Contrato de trabajo para la formación: es aquel que tiene por objeto que el trabajador adquiera la formación teórica y práctica necesaria para el desempeño adecuado de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación.
- Contrato de trabajo indefinido bonificado: es aquel que tiene por objeto facilitar la colocación estable de trabajadores desempleados y de aquellos que prestan sus servicios con contratos temporales. Actualmente la Administración está premiando a aquellas empresas que fomentan el empleo indefinido de los trabajadores con una serie de bonificaciones.- Contrato de trabajo para personas con discapacidad: este acuerdo tiene el propósito de facilitar la integración laboral de aquellas personas con discapacidad.
¿Qué es el contrato de trabajo?
Es un acuerdo entre empresario o una entidad empleadora y trabajador por el cual éste se obliga a prestar determinados servicios por cuenta del empresario y bajo su dirección, a cambio de una retribución.
Al firmar el contrato, el trabajador se hará acreedor de los derechos, los cuales comprenden el cumplimiento de sus acciones dentro de la empresa como empleador.
Al firmar el contrato, el trabajador se hará acreedor de los derechos, los cuales comprenden el cumplimiento de sus acciones dentro de la empresa como empleador.
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