Este se puede legalizar de dos formas: por escrito o por palabra. Aunque mayormente estos se dan en forma escrita, además que es obligatorio por disposición legal que se de esta forma y está presente en los siguientes tipos de contratos:
-Contrato en Prácticas
-Contratos a Tiempo Parcial
-Contratos de Relevo.
-Contratos para la realización de Obra o Servicio determinado
-Contratos por Tiempo Determinado (no indefinido) cuya duración sea superior a 4 semanas
De no formalizarse el contrato, este se presumirá celebrado a jornada completa y por tiempo indefinido, salvo pruebas que afirmen que el mismo es temporal o de carácter parcial.

No hay comentarios.:
Publicar un comentario